Publicación del estudio “Internet, derecho fundamental”

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La Taula d’Entitats del Tercer Sector social de Catalunya ha publicado el estudio “Internet, derecho fundamental: propuestas para reducir la brecha digital y social” que hemos elaborado conjuntamente el Observatorio DESC y femProcomuns. El estudio fue presentado el 29 de septiembre pasado en una jornada en la Casa Macaya (Barcelona). En este informe analizamos el marco legal existente (tanto en el ámbito catalán y español como en el ámbito europeo e internacional); hacemos unas consideraciones sobre el contenido del derecho (acceso digno, igualitario y empoderador; ejercicio de los derechos y libertades) y exponemos las posturas existentes con relación a su reconocimiento (medio para ejercer otros derechos, derecho instrumental, derecho sustantivo); analizamos el caso de Barcelona; y finalmente exponemos unas conclusiones y hacemos unas recomendaciones de actuación en tres ejes: acciones para fortalecer el marco legal, políticas públicas, acciones que se pueden hacer desde el tercer sector.

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En la primera parte se estudia el marco jurídico existente y se incluyen diferentes aproximaciones al derecho a Internet en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, apuntes jurisprudenciales y también iniciativas de soft law. El objetivo de esta parte del estudio es exponer el estado de la cuestión respecto al reconocimiento del derecho a Internet, por un lado, y por otro lado hallar elementos inspiradores para posteriormente elaborar una estrategia de incidencia completa, informada y, en la medida de lo posible, con base legal para garantizar el derecho a Internet en Cataluña. En cuanto a la esfera internacional y regional, repasa el ámbito de Naciones Unidas, de la Unión Europea y el Consejo de Europa. Este apartado incorpora además algunos ejemplos internacionales de reconocimiento del derecho a Internet a tener en cuenta para tomar iniciativas en nuestro marco jurídico, y en concreto se mencionan los casos de Estonia, Francia, Finlandia, Italia, Chile, India y Brasil. También revisa la regulación existente en España y en Cataluña y las posibilidades que hay para avanzar en el reconocimiento y ejercicio del derecho.

En la segunda parte del estudio se reflexiona sobre el contenido del derecho a Internet. Para poder reconocer el derecho a Internet como derecho fundamental necesitamos identificar los principales aspectos que queremos proteger. Por este motivo, esta segunda parte del estudio expone las diferentes esferas del derecho, y plantea tres posibilidades en relación con su reconocimiento:

  • Que el derecho a Internet matice y amplíe el contenido de otros derechos humanos ya reconocidos, pero que no constituya un derecho humano en sí mismo.
  • Que el derecho a Internet sea un derecho instrumental, esto es, un derecho sin el cual no es posible el acceso a los demás derechos humanos ya reconocidos.
  • Que Internet constituya un derecho humano fundamental sustantivo, con las consecuentes garantías y formas de exigibilidad.

La tercera parte describe las iniciativas que se han tomado en Barcelona como caso de estudio, tanto a nivel institucional como desde la ciudadanía, así como las oportunidades y carencias para el ejercicio del derecho a internet en la ciudad y del impacto de internet en el ejercicio de otros derechos.

Para hacer el informe se combinó el estudio de la legislación y bibliografía existente con las entrevistas grupales y personales siguientes:

  • Discusión grupal con personas vinculadas a entidades sociales: Silvano Aversano, Ángel Calle, Aurelio Gómez, Mireia Milliano.
  • Discusión grupal con juristas: David Bondia, Tamara Álvarez, Agustí Cerrillo, Josep Jover, Lidón Gasull.
  • Discusión grupal con activistas de los derechos digitales: Clara Cusó, Ramon Roca, Roger Baig, Dario Castañé.
  • Entrevistas personales a: Ángel Calle, Silvano Aversano, Muriel Rovira, Ricard Faura i Homedes, Lluís Torrens Mèlich, Meritxell Benedí Altés, Michael Donaldson.

En las conclusiones , a partir de la constatación de que el nivel de vulnerabilidad que puede provocar la falta de garantía de ciertos derechos por no disfrutar de un dispositivo, de una conexión y de la capacitación para ejercer un abanico de derechos imposible de medir, y que se articulan actualmente a través de la red, nos hace considerar Internet como un nuevo derecho fundamental (opción por la que ha optado la Taula) y se deja abierto el debate de si debe ser considerado instrumental o sustantivo. También se concluye que la dificultad que puede suponer este reconocimiento implica que la incidencia política para lograrlo se debe hacer en paralelo a conseguir que el marco jurídico existente recoja medidas que generen obligaciones para las administraciones públicas y las empresas que permitan el ejercicio del derecho. Y en este sentido se enfatiza el papel que puede tener la sociedad civil para no dejar la garantía del derecho exclusivamente en manos del Estado, las empresas y el mercado, asegurando la perspectiva social de su protección. Por otra parte se indica que el derecho de uso nunca puede convertirse en una obligación de uso. En ningún caso se pueden generar discriminaciones a la hora de ejercer derechos y libertades por no tener o no querer tener acceso a Internet.

Estas conclusiones van acompañadas de una serie de recomendaciones de actuación:

    • Para la misma Taula del Tercer Sector por ser un actor de incidencia política y propuestas legislativas, observatorio de los avances y retrocesos en el reconocimiento del derecho, actor puente entre el sector social y las iniciativas de derechos digitales, promotora del empoderamiento digital, el uso de tecnologías libres y tecnoéticas, recopiladora de buenas prácticas, postularse como instrumento para mancomunar asesoramiento jurídico y formación, ser un agente de incidencia ante las teleoperadoras y facilitadora del desarrollo de red comunitaria.
    • Para la Taula y las entidades del tercer sector en tres ejes:
      • Acciones para fortalecer el marco legal: acciones a escala internacional en los Comités de la ONU vehiculando quejas individuales y presentando informes de la sociedad civil, con las Relatorías Especiales de la ONU aportando casos e invitando al Relator o Relatora a comparecer en el Parlamento de Cataluña; a escala europea con la interposición de demandas en el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos; a escala española promoviendo el reconocimiento en la Constitución, con el desarrollo normativo de las leyes existentes que implican reconocimientos parciales (Ley Orgánica 3/2018, anteproyecto de ley general de telecomunicaciones); a nivel catalán explorando las posibilidades del marco legal y regulatorio (artículos 52 y 104.7 del Estatut de Catalunya, Código de consumo 22/2015, ley 24/2015, Carta Catalana de Derechos Digitales); y finalmente con el impulso de acciones judiciales por incumplimiento que puedan crear jurisprudencia o con quejas al Síndic de Greuges y al Defensor del Pueblo.
      • Acciones relacionadas con políticas públicas: aprovechando la iniciativa europea wifi4EU, impulsando la capacitación digital, pasando de un modelo privativo a uno procomún en las infraestructuras (con algunos referentes impulsados por Guifi.net como la red GRETA en las Tierras del Ebro), incidiendo en la redacción de la Carta Española de Derechos Digitales.
      • Acciones relacionadas con la actividad del tercer sector social: para que las entidades incidan en la capacitación digital con actuaciones de identificación y diagnóstico, definición de cómo debe ser esta capacitación y qué debe incluir, recopilación y elaboración de materiales y promoción de tecnologías libres y tecnoéticas; haciendo que la lengua no sea una barrera facilitando la traducción de software y las tecnologías lingüísticas libres tanto en catalán como en las lenguas de las personas migrantes que son atendidas por entidades sociales; promoviendo la reutilización de dispositivos y su uso compartido velando por la creación de redes ciudadanas y por la protección de la naturaleza.
    • Para las instituciones públicas: reformando la Constitución para reconocer y garantizar el derecho a internet; realizar el desarrollo normativo de la Ley Orgánica 3/2018 para garantizar el derecho universal de acceso y el derecho a la educación digital e impulsando el Plan de Acceso reconocido en esta ley para superar la brecha digital; incorporar al Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones el servicio universal; tener en cuenta las necesidades sociales detectadas en la Carta Española de Derechos Humanos; Desarrollar los artículos del Estatuto de Cataluña sobre los servicios de acceso universal; impulsar la capacitación digital desde una perspectiva cualitativa y no cuantitativa de accesos por hogar; solicitar el bono Wifi4eu por parte de los municipios para instalar equipamientos wifi gratuitos; utilizar la infraestructura pública de fibra de forma compartida entre operadoras y de forma comunitaria como red procomún.